Abogados especialistas en Jubilaciones y Pensiones

¿Estás considerando jubilarte y deseas saber si cumples con los requisitos necesarios?

 

En Nelly Kushkyan abogados te ofrecemos asesoramiento personalizado para asegurarnos de que cumplamos con todas las condiciones requeridas y te ayudamos a optimizar tu proceso de jubilación, sea cual sea tu situación particular.

Nuestros abogados especializados en Seguridad Social revisarán minuciosamente la situación particular de cada trabajador.

NOVEDADES EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL.

Edad de jubilación
En 2024 la edad legal de jubilación alcanzará los 66 años y 6 meses para carraras de cotización de menos de 38 años, mientras que se mantiene en 65 años para los que tengan 38 o más años cotizados, en aplicación de la Ley 27/2011.

Jubilación parcial
Se modifican también la edad de acceso a la jubilación parcial en función de los años cotizados. En 2024 será de 62 años y 6 meses para personas con 36 años o más cotizados y de 64 años con 33 años cotizados en el momento del hecho causante. 

Revalorización de las pensiones:

Las pensiones contributivas se revalorizarán un 3,8% en 2024. 

Las pensiones mínimas y las no contributivas aumentarán un porcentaje aún mayor.

 

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Tendrás un asesoramiento sin necesidad moverte de casa. Uno de nuestros abogados especializados en su área de interés se pondrá en contacto contigo para realizar la consulta por teléfono.

 

DIFERENCIA ENTRE PENSION Y JUBILALCION

La pensión es «una cantidad periódica, ya sea temporal o vitalicia, que la seguridad social otorga por motivos de jubilación, viudez, orfandad o incapacidad». Un pensionado es «una persona que recibe una pensión». Por su parte, la jubilación se refiere a «la acción o el hecho de retirarse del trabajo, así como a la pensión que percibe quien se ha jubilado»

Si está contemplando la jubilación, es crucial que sus abogados le aclaren detalladamente las diferencias entre las distintas modalidades de jubilación.

Existen varias modalidades de jubilación:

1. La jubilación ordinaria
2. La jubilación anticipada
3. La jubilación parcial
4. La jubilación flexible

 

  • La jubilación ordinaria

Para acceder a la jubilación ordinaria, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

1. Haber alcanzado la edad legal de jubilación, que actualmente es de 67 años, o de 65 años si se acredita un mínimo de 38 años y 6 meses de cotización.
2. Contar con al menos 15 años de cotización.

3. Asegurarse de que, al menos, dos de esos años de cotización se encuentren dentro de los últimos 15 años de actividad laboral.

Si el trabajador reúne estos requisitos, nuestros abogados se encargarán de gestionar la solicitud ante el organismo competente, respetando los plazos legales. Estos plazos permiten presentar la solicitud hasta tres meses antes o tres meses después de cumplir la edad de jubilación o de finalizar la actividad laboral.

 

  • La jubilación anticipada

En cuanto a la jubilación anticipada, ocurre cuando un trabajador debe retirarse antes de la edad legal de jubilación por diversas circunstancias.
Existen diferentes modalidades de jubilación anticipada, que se aplican según el motivo:

  • La jubilación anticipada por discapacidad: La edad ordinaria de jubilación exigida en cada momento puede ser reducida, en el caso de trabajadores con una discapacidad igual o superior al 65% o, también, con una discapacidad igual o superior al 45%.
  • La jubilación anticipada por actividad profesional: La edad ordinaria de jubilación puede ser reducida o anticipada para aquellos grupos profesionales o actividades cuyo trabajo sea excepcionalmente penoso, peligroso, tóxico o insalubre, y que presenten altos índices de morbilidad o mortalidad, siempre y cuando los trabajadores afectados acrediten el mínimo de tiempo. de servicio en la profesión o actividad correspondiente y se encuentren en situación de alta o asimilada a alta. se les aplica un coeficiente reductor, según el cual el importe de la jubilación se reduce proporcionalmente a la edad en la que deciden jubilarse anticipadamente.
  • La jubilación anticipada forzosa: Esta modalidad de jubilación anticipada se aplica cuando la decisión de jubilarse no depende del trabajador, sino que responde a causas externas a su voluntad. Generalmente, este tipo de jubilación se produce tras un despido, especialmente cuando, debido a la edad del trabajador.  se aplican coeficientes reductores en función del tiempo que el trabajador ha cotizado a lo largo de su vida laboral.
  • La jubilación anticipada voluntaria: Numerosos trabajadores optan por
    jubilarse antes de tiempo, a pesar de que ello implica una pensión reducida. Esta elección suele responder a factores personales o económicos que hacen prioritaria la decisión de retirarse.

 

  • La jubilación parcial

Se entiende por jubilación parcial la que comienza a partir de los 60 años, mientras se mantiene un contrato de trabajo a tiempo parcial, pudiendo estar vinculado o no a un contrato de relevo con un trabajador en situación de desempleo o con un contrato temporal con la empresa.»

 

  • La jubilación flexible

Se entiende por jubilación flexible la opción de compatibilizar, una vez iniciada, la pensión de jubilación con un contrato a tiempo parcial, respetando los límites de jornada establecidos en el artículo 12.6 del Estatuto de los Trabajadores. Esto conlleva una reducción proporcional de la pensión en función de la disminución de la jornada laboral del pensionista en comparación con un trabajador a tiempo completo equivalente.

 

Y por último es importante distinguir claramente entre jubilación anticipada y prejubilación.

A diferencia de la jubilación anticipada, la prejubilación se basa en un acuerdo explícito entre el empleado y la empresa, en el que ambos deciden finalizar la relación laboral bajo ciertas condiciones, que la empresa debe asumir.

Por lo general, la prejubilación la solicitan personas que están cerca de la edad de jubilación. En este caso, la Seguridad Social no se encarga de cubrir su salario hasta que lleguen a la edad oficial de jubilación.

Más información:

 

 
 

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Jubilarse y abandonar la empresa no se considera un despido, sino una decisión voluntaria de dejar el puesto. Desde el punto de vista económico, esto implica que el trabajador no tiene
derecho a una indemnización, como sí ocurriría en un despido, sino únicamente a una liquidación o finiquito.

Con 15 años, el mínimo exigido, se tiene derecho a un 50% de la base reguladora. Por cada uno de los siguientes 49 meses se consigue un 0,21% extra de base reguladora. Por cada uno de los siguientes 209 meses se consigue un 0,19% extra de base reguladora.

Después de aplicar la revalorización correspondiente, la pensión mínima contributiva en 2024 alcanza los 11.552,80 euros al año para las personas que hayan cumplido 65 años y no tengan
cónyuge. Esto se traduce en una pensión mensual de 825,20 euros por 14 pagas.

Para acceder al 100% de la pensión, la Seguridad Social requiere haber cotizado un mínimo de 36 años y seis meses. Estos requisitos se mantendrán hasta 2027, momento en el que se exigirá un total de 37 años cotizados.

En España, la edad de jubilación varía según el tipo de trabajador, por lo que no es igual para todos. Además, esta edad se ajusta dependiendo de los años cotizados, ya que existe un sistema progresivo que permite a aquellos que han cotizado más tiempo acceder a la jubilación antes de los 65 años, aunque con ciertos ajustes.

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