DESPIDO IMPROCEDENTE
Tanto en situaciones de despido disciplinario como en casos de despido colectivo, se puede declarar la improcedencia del despido.
Despido colectivo: se produce cuando el empresario toma la decisión unilateral de despedir a varios empleados por razones que no están relacionadas con el desempeño o la conducta del trabajador, mientras que en el Despido disciplinario, la acción del empresario se toma debido a la responsabilidad del trabajador en una falta o incumplimiento.
Despido improcedente: se refiere a una decisión de extinción que no cuenta con una justificación legítima por dos razones:

- La decisión no se alinea con las leyes vigentes, es decir, que ha incumplido los requisitos legales (no hay carta de despido)
- El empresario no presenta pruebas suficientes o no acredita las causas despido.
el trabajador tiene 20 días hábiles desde la comunicación del despido para impugnar el despido.
El despido improcedente es el que se determina por el juez, siendo indiferente si tu contrato de trabajo en indefinido o temporal.
Tras la declaración de improcedencia, la empresa dispone de 5 días hábiles desde la notificación de la sentencia para optar entre
1. Readmitir al trabajador:
Si el empresario elige readmitir al trabajador, debe reincorporarlo en las mismas condiciones y en el mismo puesto que ocupaba antes del despido.
En este escenario, será necesario pagar al trabajador los salarios de tramitación, es decir, los días comprendidos entre el despido y la readmisión.
El empresario tiene un plazo de 10 días para notificar la readmisión.
2. Abonar la indemnización.
En caso de optar a pagar la indemnización. En este caso para hacer el cálculo, hay que tener en cuenta 2 situaciones:
- Si el contrato de trabajo es anterior a febrero de 2012. Serán 45 días por año trabajado
- si el contrato de trabajo es posterior a febrero de 2012, la indemnización será de 33 días por año trabajado.
Cabe destacar que el pago de la indemnización faculta al empresario para dar por terminada cualquier relación laboral, siempre y cuando no se esté ante un supuesto de nulidad.
Es importante indicar que si el empresario no elige ninguna de las dos opciones dentro del plazo establecido, se considerará automáticamente que ha decidido readmitir al trabajador.